Para el redondeo se procederá de la siguiente manera:
- El tercer decimal y siguientes se suprimirán automáticamente.
- El segundo decimal se redondea a cero.
- Si el segundo decimal es menor a cinco, el redondeo del primer decimal se hará hacia abajo.
- Si el segundo decimal es igual o mayor a cinco, el primer decimal se redondeará al dígito superior.
Por ejemplo:
IMPUESTO DETERMINADO |
REDONDEO A DOS DECIMALES |
COBRO EFECTIVO DEL ITF |
| 2,34689 |
2,34 |
2,30 |
| 2,35589 |
2,35 |
2,40 |
| 2,36489 |
2,36 |
2,40 |
El Banco no cobrará el ITF si el monto determinado es inferior a Bs 0,10 (diez centavos de boliviano) o su equivalente en moneda extranjera.
¿Qué sucede si la misma transacción está gravada también con el RC-IVA (Régimen complementario al Impuesto al Valor Agregado)?
Se aplica primero el RC-IVA y luego el ITF.
Por ejemplo:
- Intereses generados por un depósito: Bs 100.
- RC-IVA 13%: Bs 13.
- Monto total de intereses luego de aplicar el RC-IVA: Bs 87.
- Monto del ITF 0,3%: Bs 0,261.
- Por redondeo a dos decimales el monto de ITF que se registrará y cobrará será: Bs 0,30.
¿Qué sucede si un cheque es girado y no hay fondos suficientes en la cuenta para cubrir el ITF, pero sí el monto del cheque girado?
- El Reglamento del ITF, D.S. número 27566, en su Artículo VI incisos c y d, establece que los clientes deben tomar las previsiones del caso para que los cheques girados tengan en la cuenta corriente disponibilidad de dinero tanto para el monto girado como para el monto correspondiente al ITF.
- Caso contrario el Banco se verá obligado a proceder tal como lo establece el Artículo VI incisos a y b del D.S. mencionado, que se refiere al rechazo del cheque.
- En caso de fondos insuficientes para el cheque y para el ITF, por 90 días desde la aplicación del impuesto los cheques serán rechazados sin clausura de cuenta. El día 91 los cheques serán rechazados y la cuenta será clausurada (en ambos casos se reporta a la SBEF).
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