| D |
| DACON |
Base de Datos del Banco Mundial sobre Consultores. |
| DAF |
Incoterm. Franco Frontera |
| DDP |
Incoterm. Entregado con derechos pagados. |
| DDU |
Incoterm. Entregado sin pagar derechos. |
| Declaración De Aduanas |
Es el documento presentado por el importador (o su agente o transitarlo) para el despacho de las mercancías, con el fin de que aquél pase a hacerse cargo de las mismas. |
| DEG |
Derecho Especial de Giro. |
| Depósito Aduanero |
Son unos recintos, bajo el control de la Aduana en el que las mercancías no abonan derechos de importación. Se usan sobre todo cuando un importador no sabe cuál será el destino final de la importación. Se permiten las mismas operaciones que en las Zonas Francas. El máximo tiempo que una mercancía puede estar en un Depósito Aduanero es de cinco años. |
| DEQ |
Incoterm. Entregado junto al muelle (antes EXQ). |
| DES |
Incoterm. Entregado junto al barco (antes EXS). |
| Desplazamiento De Rosca |
Es el peso del buque construido pero sin combustible, equipajes, tripulación ni carga. |
| DOD |
Derecho de Obtención de Divisas. Son los gastos y comisiones bancarias para el pago del flete marítimo. Aprox. 1% del flete. |
| DUA |
Documento Único Aduanero. No necesario en el comercio intracomunitario. Sí para terceros países (importación y exportación). |